Condiciones de Equipaje

Buses Pullman Tur custodia el equipaje de sus pasajeros durante el trayecto del viaje, específicamente desde el momento en que el equipaje es etiquetado y situado en el maletero del bus, hasta que es retirado con su comprobante y entregado al pasajero al final de su viaje, en su punto de destino.

Equipaje

Los lineamientos del transporte de equipaje en el transporte interurbano de pasajeros se encuentran estipulados en Decreto 121 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

1. ¿Qué se entiende por equipaje?

El término equipaje se refiere a las maletas, bolsos, maletines, mochilas y demás contenedores donde las personas trasladan todo lo necesario (ropa, zapatos, cosméticos, libros, artículos de aseo, etc.) para sus viajes y desplazamientos.

2.¿Cuánto equipaje tengo derecho a llevar en mi viaje?

Artículo 68° Decreto 212 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. En los servicios rurales e interurbanos, cada pasajero tendrá derecho a llevar, libre de pago, hasta treinta kilos de equipaje, siempre que su volumen no exceda de 180 decímetros cúbicos. La conducción del exceso de equipaje y su tarifa será convencional.

3. ¿De quién es la responsabilidad de cuidar mi equipaje?

Artículo 70° Decreto 212 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.  El transporte de valijas, bultos y paquetes será de responsabilidad de las empresas cuando se lleven en la parrilla o en las cámaras portaequipajes, las que deberán entregar al pasajero un comprobante por cada bulto. Ello ocurrirá en todo caso respecto al transporte de cartas y encomiendas en cuanto se haga conforme a la ley.

4. ¿Qué se entiende por equipaje de mano?

El termino equipaje de mano se utiliza para el bulto que cada pasajero lleva en la cabina del bus durante el viaje. Dentro del equipaje de mano, puede transportarse equipajes de mano adicionales de menor tamaño, donde se incluyen artículos como ropa, abrigos, cámaras de fotografía, celulares, notebooks, juguetes, libros, lentes, entre otros, que pueden ser transportados en conjunto con el bulto designado como equipaje de mano.

Los bultos correspondientes a equipaje de mano deben ser situados en los lugares habilitados para dicho fin. En el segundo piso del bus deben ubicarse en paquetes, mientras que en primer piso bajo el asiento. En ningún caso los bultos podrán ser ubicados en pasillos o en sectores que bloqueen los pies o el libre tránsito por los pasillos de bus.

5. ¿Cuánto equipaje de mano tengo derecho a llevar?

El equipaje permitido a bordo del bus no puede exceder un peso de 10 kilos ni un dimensión superior a los 100 centímetros (45 x 35 x 20). Cualquier equipaje de peso o tamaño superior a lo señalado deberá ser transportado en el maletero del bus bajo las condiciones de equipaje.

6. ¿De quién es la responsabilidad de cuidar mi equipaje de mano?

Artículo 70° Decreto 212 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.  Las especies primeramente citadas, correspondientes a bultos y equipajes, serán de cuidado de los pasajeros cuando se lleven en las parrillas portaequipajes interiores.

7. ¿Qué se entiende por equipaje especial?

Se entenderá por equipaje especial todos aquel artículo que no corresponde a items de uso personal del pasajero. El cobro por el transporte de los bultos, paquetes u otros que se consideren equipaje especial estará sujeto a tarifas definidas por la empresa. Dentro de los items pre definidos como equipaje especial se encuentran instrumentos, equipaje deportivo, cajas, flores, bicicletas, electromesticos y sacos, cualquier otros elemento será evaluado al momento del viaje.

IMPORTANTE: el pago por equipaje especial solo es por el transporte y en ningún caso constituye un seguro o cuidados especiales.

8. ¿Cuánto se paga por el equipaje especial o exceso de equipaje?

Las tarifas del equipaje especial o exceso de equipaje se encuentran definidas por la empresa de forma previa para los items señalados anteriormente. La ley establece que por exceso de equipaje la tarifa será convencional.

9. ¿Cuándo debo declarar mi equipaje?

Cuando un pasajero lo desee podrá hacer declaración escrita a la empresa de las especies que transporte. Esto será obligatorio cuando, a juicio del pasajero o remitente, el valor de los objetos exceda de 5 Unidades Tributarias Mensuales. Al efecto, las empresas pondrán a disposición del público en sus terminales los formularios adecuados para hacer la declaración y podrán verificar la autenticidad de ellas.

10. ¿Cómo puedo realizar un reclamo sobre mi equipaje?

El pasajero que presente un reclamo por cambio , daño o pérdida de un equipaje deberá presentar los documentos que acrediten su viaje. Los documentos obligatorios para generar el reclamo son; pasaje, ticket de equipaje y carnet de identidad.

11. ¿Cuánto tiempo tengo para realizar un reclamo por equipaje?

El tiempo máximo que tiene cada pasajero para presentar un reclamo por equipaje es de 24 horas posterior a la llegada a destino.

12. ¿Puedo transportar mascotas en el bus?

La empresa no cuenta con el servicio de transporte de mascota. Se excluyen perros lazarillos y de asistencia, los cuales podrán acompañar a su dueño durante el viaje al interior del bus.

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